martes, 5 de noviembre de 2013

CONSERVACIÓN DE LOS ECOSISTEMAS


ÁREAS PROTEGIDAS EN EL PERÚ

Los ecosistemas en el Perú, se protegen a través de las áreas protegidas con la finalidad de preservar algunos espacios particularmente ricos en paisajes naturales y en biodiversidad. En estas áreas, el Estado impone controles a su uso y promueve la investigación científica y el manejo responsable del medio. Estas áreas presentan varias denominaciones como:

PARQUES NACIONALES: Áreas que constituyen muestras representativas de las grandes unidades ecológicas del país, para calificar como tales, deben poseer en su territorio varios ecosistemas y estar conservados  de manera excepcional.



2°SANTUARIOS NACIONALES:  Áreas donde se protege el habitad de una especie o una comunidad de flora y fauna, así como las formaciones naturales de interés científico o paisajista del alcance nacional.



3°SANTUARIOS HISTÓRICOS: Áreas que no solo protegen espacios naturales relevantes, sino que además constituyen el entorno de muestras de patrimonio monumental y arqueológico del país, o son lugares donde se desarrollan hechos importantes de la historia nacional.



4° Reservas nacionales: Áreas destinadas a la conservación de la diversidad biológica y a la utilización sostenible de los recursos de flora y fauna silvestre, con excepción de la explotación forestal comercial.



5°Refugios de la vida silvestre: Áreas destinadas a la protección de características naturales específicas, así como a la protección de especies de flora y fauna silvestre.

6°Bosques de protección: Áreas destinadas a proteger las cuencas altas o colectoras, las riberas de los ríos y de otros cursos de agua.


7°Cotos de caza:  Áreas destinadas al aprovechamiento de la fauna mediante la caza deportiva regulada.


8°Reservas comunales: Áreas destinadas a la conservación de la flora y fauna en beneficio de las poblaciones rurales vecinas.


9°Reservas paisajistas: Áreas que protegen ambientes cuya integridad geográfica muestra equilibrio entre el hombre y la naturaleza.



10°Zonas reservadas: Áreas transitorias en las que se realizan estudios complementarios para determinar si constituyen áreas protegidas.





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